Art. 25.-
Participación nacional.- Los Pliegos contendrán criterios de valoración que
incentiven y promuevan la participación local y nacional, mediante un margen de
preferencia para los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos la
consultoría, de origen local y nacional, de acuerdo a los parámetros
determinados por el Ministerio de Industrias y Competitividad.
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