1. Deróguese todas las disposiciones generales y especiales
que se opongan a esta Ley y de manera particular las siguientes:
2. Codificación de la Ley de Contratación Pública publicada
en el Registro Oficial 272 de 22 de febrero del 2001.
3. Codificación de la Ley de Consultoría publicada en el
Registro Oficial 455 de 5 de noviembre del 2004.
4. Letra f) del Art. 3 y letra b) del Art. 14 de la
Codificación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado publicada
en el Registro Oficial 312 de 13 de abril de 2004.
5. Arts. 18 y 60 de la Ley Orgánica de Administración
Financiera y Control.
6. Numerales 16 y 35 del Art. 31 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado.
7. La palabra “consultoría,” en la Disposición General
Primera de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de
Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público.
8. La contribución del uno por mil sobre los montos de
contratos celebrados con instituciones del sector público, prevista en el
artículo 26 de la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería, 10 de la Ley
de Ejercicio Profesional de la Ingeniería Civil; y, 31 de la Ley de Ejercicio
Profesional de la Arquitectura, y toda otra contribución de similar naturaleza.
9. El artículo 4 de la Ley de Cámaras de la Construcción
(Ley 65-CL, Registro Oficial 4, 05/SEP/1968) y toda otra norma legal y/o
reglamentaria que exija la afiliación a una de las cámaras de la producción,
asociaciones o colegios profesionales como requisito para contratar con las
entidades previstas en la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública.
10. Las normas especiales de contratación pública que
contengan otras leyes. Se exceptúan expresamente las contrataciones en actividades
de exploración y explotación de los recursos hidrocarburíferos; las
contrataciones de bienes de carácter estratégico necesarias para la defensa
nacional, que no se refieran al ámbito de la presente Ley.
El artículo 7 de la Ley de Producción, Importación,
Comercialización y Expendio de Medicamentos Genéricos de Uso Humano, publicado
en el Registro Oficial No. 162 de 9 de diciembre de 2005.
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